Volverán a computar la condena a Barreda y podría quedar libre

martes, 27 de octubre de 2009

La Suprema Corte bonaerense ordenó un nuevo cómputo de su pena a cadena perpetua. Ricardo Barreda fue encarcelado en 1992 por matar a su esposa, su suegra y sus dos hijas, y ahora cumple prisión domiciliaria. Así fue informado por Diario Hoy.

La Suprema Corte bonaerense ordenó al Tribunal de Casación que se expida y realice un nuevo cómputo en la condena del odontólogo Ricardo Alberto Barreda sentenciado, en 1995, a reclusión perpetua por los asesinatos de sus dos hijas, su mujer y su suegra. Ese dictamen implicaría la obtención de la libertad plena, informaron ayer fuentes judiciales.

En julio de 2006, el cuádruple homicida había sido beneficiado por la Sala I de la Casación, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 24 del Código Penal, con lo que habilitó que se compute doble el período que el odontólogo lleva detenido desde 1992 cuando cometió los crímenes.

A partir de aquel dictamen, hubo varias ideas y vueltas con la Cámara platense, que finalmente otorgó el arresto domiciliario que en la actualidad cumple Barreda en un departamento del barrio de Belgrano, junto a su pareja Berta “Pochi” André.

Sin embargo, contra aquel fallo de Casación dictado hace más de tres años, la defensa de Barreda había recurrido ante la Corte bonaerense. A criterio de los defensores Eduardo Gutiérrez y Claudio Gigli, Barreda no debía seguir purgando pena con una prisión domiciliaria, sino que la condena estaba por lejos cumplida.

En tiempo real, el odontólogo lleva 19 años de prisión efectiva primero, y domiciliaria después. Para la defensa, el computo del 2 por 1, aumenta aún más el plazo de prisonización cumplido.

Ayer, el abogado Gutiérrez en diálogo con el suplemento Trama Urbana de Diario Hoy, sostuvo que “la defensa había interpuesto un recurso ante la Corte contra el dictamen de la Casación. Estaba a resolución, pero aún no hemos sido notificados”.

“De ser favorable (el fallo del máximo tribunal bonaerense), implicaría que Barreda recupere la libertad absoluta”, explicó el defensor del odontólogo.

En tanto, fuentes de la Casación provincial aclararon que con la equiparación de las penas de reclusión y prisión a los fines del cómputo de la prisión preventiva para la excarcelación, Barreda podría lograr salir en libertad condicional o que le den por cumplida la pena.

Las mismas fuentes indicaron que “el fallo de la Suprema Corte dispone que la Sala I de la Casación realice un nuevo pronunciamiento en torno a la apreciación que tuvo ese tribunal, en los que no se expresó una mayoría clara en los votos de sus integrantes”.

También se consignó que “la libertad sería obtenida porque la condena aún no está firme por estar apelada en la Suprema Corte de Justicia bonaerense, luego de la sentencia a reclusión perpetua que le impuso la Cámara en 1995 y que fue ratificada en 2005 por el Tribunal de Casación”.

La Casación había resuelto declarar la inconstitucionalidad del artículo 24 del Código Penal, que establece que la prisión preventiva se computa “por dos días de prisión preventiva, uno de reclusión; por un día de prisión preventiva, uno de prisión o dos de inhabilitación”.

Aquella resolución contó con la firma de los jueces Carlos Natiello, Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, que argumentaron que “computar en forma más gravosa la prisión preventiva que la pena resulta violatorio de la Constitución”.


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