La Suprema Corte suspendió las obras en los estadios de Estudiantes y Gimnasia

martes, 29 de diciembre de 2009

La Suprema Corte de Justicia bonaerense le dijo no a las aspiraciones de remodelación de los estadios de fútbol que Estudiantes y Gimnasia poseen en el Paseo del Bosque. Además prohibió que los clubes sean propietarios de esas tierras que ocupan hace más de una centuria y existe la posibilidad de que las estructuras sean demolidas. (Diario Diagonales)

Todo esto se desprende de la resolución dictada ayer por los ministros del máximo tribunal provincial a pedido de trs ONG ambientalistas de La Plata.
Cuatro de los siete ministros dispusieron la suspensión de las autorizaciones que permitían modificar el estado físico y jurídico del predio Reserva Parque "Paseo del Bosque", es decir, los clubes no podrán remodelar sus estadios y tampoco podrán ser dueños de las tierras hasta que la justicia Civil no resuelva el recurso de amparo radicado en el Juzgado Civil y Comercial 25 de La Plata (ver página 29).

En la sentencia se hizo lugar a un recurso extraordinario y se anuló el dictamen de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo que había autorizado la ejecución de las obras en el estadio de Estudiantes de La Plata.

Las entidades recurrieron a Corte pidiendo la nulidad de las obras que alteren o modifiquen el Paseo del Bosque, que se ordene a la Municipalidad de La Plata que se abstenga de alterar la titularidad de las tierras en conflicto, que se declare "paisaje protegido" al espacio verde, y que se ordene "la posterior demolición o desmontaje de los módulos ya instalados por el club Estudiantes de La Plata", según se lee en la resolución a la que accedió Diagonales. Todo fue autorizado y no se descarta que el "Pincha" cese con la ampliación de su estadio.

La decisión dictada por Hilda Kogan, Héctor Negri, Eduardo Pettigiani y Luis Genoud se sustentó en la necesidad de proteger y preservar el medio ambiente y en el entendimiento de que es función de los jueces velar porque el interés general no sufra daños de difícil o imposible reparación posterior.

Por mayoría los ministros consideraron que en el caso debía tenerse en cuenta la trascendencia del bien jurídico afectado y el impacto que sobre el medio ambiente podrían tener ciertas obras, dando prioridad al principio preventivo en materia ambiental.

En la resolución se dio crédito a lo sostenido por las entidades Hoja de Tilo, Fundación Biósfera y el Foro Ciudadano y Ambiental de La Plata (FOCALP). Desde la Suprema Corte entendieron que las obras de remodelación de las canchas de fútbol podrían generar "daños irreparables". Así confirmaron el fallo de primera instancia, dictado por el Juzgado Civil y Comercial 11, que ordenó paralizar las obras de 1 y 55.

Pero dos jueces entendieron que la queja no podía prosperar ya que en el pleito entre la Municipalidad de La Plata y la entidad ambientalista no se dio intervención a los clubes afectados. Eduardo de Lázzari y Juan Carlos Hitters, en minoría, sostuvieron que en estas condiciones la suspensión de la obra constituiría violación del debido proceso y la defensa en juicio de los clubes.

El séptimo cortesano, Daniel Soria, se excusó de votar en el expediente. Fue funcionario del ex intendente Julio Alak, quien durante su gestión no accedió al pedido de los clubes para la autorización de remodelar sus estadios acorde a requisitos de infraestructura y capacidad exigidos desde la AFA para evitar resignar la condición de locales en partidos de gran convocatoria.

Fuente: Diario Diagonales



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