Buscan que ampliación de aportes estatales a escuelas sea automática

viernes, 28 de octubre de 2011

La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires aprobó una modificación a la ley de Educación, la 13.688, para que la ampliación del aporte Estatal, se efectuará de manera automática en aquellos establecimientos que perciban este beneficio.

En el proyecto, que hoy aprobó Diputados pero que resta ser tratado por el Senado, se detalla que la ampliación del aporte Estatal, se efectuará de manera automática para aquellos establecimientos que perciban este beneficio, en los siguientes casos: “a) Si ocurriese un crecimiento vegetativo anual. b) Si a causa de una modificación estructural del sistema educativo se requiriera la apertura de nuevos años o secciones. En ambos casos, dicha ampliación estará condicionada al mantenimiento de las condiciones del proyecto institucional y administrativo legal que originaron la autorización, incorporación o el reconocimiento y el aporte estatal”.

En los últimos años el Sistema Educativo de la provincia de Buenos Aires ha sufrido una serie de modificaciones sustanciales que intentaron alcanzar una mejora en la calidad educativa, pasando de la Educación General Básica y el Polimodal, a su sustitución por la Educación Primaria y Secundaria.

Esta serie de marchas y contramarchas, obligó a la modificación del marco legal en que se encuadraba la Política Educativa provincial, situación que tuvo como resultado la sanción de una nueva ley de Educación promulgada en julio del año 2007 y refrendada por el decreto 1.296/07.

“Las modificaciones estructurales del Sistema Educativo tuvieron como correlato una urgente necesidad de adecuación de los agentes educativos, en diversos aspectos, a los cambios suscitados de la aplicación de una nueva Política en materia educativa” sostuvo el diputado de la CC Oscar Negrelli, autor de la iniciativa aprobada.

Según el legislador platense y “considerando que el Estado regula los montos de los aranceles que pueden ser percibidos por las instituciones públicas de gestión privada imponiendo a las mismas topes máximos; la no aplicación de la subvención de manera automática en casos de reestructuración del sistema, conlleva a generar una situación de desigualdad entre aquellas secciones que poseen subvención y las que no; cuya resultante es en primera instancia un costo para el agente privado que en definitiva termina subsidiando al propio Estado; y en última instancia una vulneración del Derecho Constitucional de enseñar y aprender (artículo 14) que la ley nacional de Educación 26.206 garantiza en condiciones de igualdad de oportunidades”.

“Creemos que la modificación del artículo 142 de la ley de Educación provincial que propiciamos con este proyecto surge de la necesidad de subsanar el vacío legal existente respecto de la situación de aquellas instituciones públicas de gestión privada que son subvencionadas por el Estado y que debieron adaptarse a las modificaciones mencionadas” dijo Negrelli.

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