En su fallo, la Corte Suprema de Justicia afirmó que "no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversión" plasmada en el artículo 161 la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con alguna "afectación a la libertad de expresión".
Entre los considerandos del fallo emitido este martes por la Corte respecto de la caducidad de la medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín, los magistrados dedican el apartado 10 a la cuestión de la libertad de expresión.
"En la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora (por Clarín) no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad. Más aun, en sus escritos no hay más que menciones generales, pero no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversi6n con la libertad de expresión".
Los jueces coincidieron en remarcar que "debe existir una afectación concreta de la libertad de expresión para invalidar una norma de regulación de la competencia, lo que en el caso no se ha demostrado, al menos en el campo de la medida cautelar".
Como complemento, cabe recordar que para la organización Reporteros sin Fronteras, que aborda la situación de la libertad de prensa en el mundo, la Argentina está ubicada alrededor del puesto 47 en su ranking anual, con una valoración de las más altas del mundo.

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