Media sanción para que trabajadores del ARS puedan jubilarse por el IPS

jueves, 3 de junio de 2010

El senado bonaerense dio el visto bueno a la normativa que establece que el régimen previsional instituido por el Decreto- Ley Nº 9650/80 (T.O. 1994) "es de acogimiento voluntario para todo el personal del Ente Administrador Astillero Río Santiago, con prescindencia de la fecha de cese o fallecimiento, asumiendo el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires el rol de Caja otorgante del beneficio".

El senado provincial aprobó un proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo que establece el acogimiento voluntario para el personal del astillero Río santiago al régimen previsonal del IPS. Ahora, la iniciativa pasó a diputados para su tratamiento.

"El proyecto tiende a mantener un régimen de igualdad previsional que se ha visto quebrado a partir de la sanción de la Ley Nº 13.524 permitiendo el amparo exclusivo del régimen previsional provincial", explicó el presidente de la comisión de Trabajo de la Cámara Alta, el senador oficialista Santiago Nardelli.

El legislador provincial resaltó además que “los trabajadores recuperan una opción que les había sido vedada, al tiempo que se expresa un reconocimiento político para muchos que allí trabajan y que se opusieron fuertemente a la privatización de la empresa durante los 90”.

Este régimen de excepción para el personal del Astillero Río Santiago, tiende a que se fije como caja otorgante de beneficios jubilatorios o pensionarios de su personal, al Instituto de Previsión Social hoy regido por el Decreto Ley Nº 9650/80 (T.O. 1994), sin perjuicio de la fecha en que se produzcan sus ceses o fallecimientos.

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