Aclaran que el impuesto a la herencia abarcará a los que hereden más de $200 mil

domingo, 30 de enero de 2011

El director ejecutivo de ARBA, Martín Di Bella, aseguró hoy que “ya rige en el territorio provincial el Impuesto a la Transferencia Gratuita de Bienes” y precisó que “es un tributo de clara raíz progresiva que sólo abarcará en primer grado a aquellos contribuyentes que se enriquezcan a título gratuito en más de 200 mil pesos por persona”.

El funcionario provincial, confirmó también que "en la reglamentación del impuesto a la herencia realizada por la Agencia de Recaudación no consta la facultad para que intervenga en las cajas de seguridad cuando estas sean componentes de alguna donación, herencia o legado".

“Arba sí podrá solicitar a la Justica su participación a través de un perito designado para que intervenga en la tasación de los bienes que hay en la caja de seguridad”, dijo su titular en declaraciones periodísticas.

Di Bella sostuvo que “siguiendo los lineamientos del gobernador Daniel Scioli, en Arba trabajamos para fortalecer el sesgo de equidad y justicia de los impuestos provinciales”. En ese sentido, puntualizó que “la provincia, entre otras exenciones, decidió liberar del pago del tributo a la transmisión gratuita de bienes a quienes hereden una propiedad valuada en hasta $100 mil que sea destinada a residencia única familiar. En contrapartida, se resolvió gravar con énfasis a las grandes herencias, con alícuotas que crecen a medida que se incrementa el patrimonio heredado y, del mismo modo, que aumentan cuanto más se aleja el grado de parentesco del heredero”.

Cabe destacar que, de acuerdo a lo que prevé la distribución del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, un 80% de los recursos que genere tendrá como destino el Fondo Provincial de Educación; un 10% se destinará al Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales; mientras que el 10% restante irá al Fondo Municipal de Inclusión Social.

De aquí en más, todos los ciudadanos que sean beneficiarios de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito deberán realizar una declaración jurada en la web de Arba: www.arba.gov.ar.

Al respecto, el gerente general de Recaudación de Arba, Hernán García Zúñiga, explicó que “el trámite será simple y se desarrollará en forma completa desde internet, y requerirá que el beneficiario de la herencia utilice cualquiera de las claves de identificación tributaria asociadas a su CUIT, CUIL o CDI. En caso de que la persona no posea esa clave, podrá obtenerla en la propia web de la Agencia o en cualquiera de los Centros de Servicio”.

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