Por Juan Carlos Martín*
Las entidades de bien público en general, atraviesan hoy una compleja situación por la conjugación de diversos factores.
Ante la falta de un Estado benefactor que las amparaba e incluso la promovía, hasta el achicamiento y debilitamiento a expensas del mercado en los años 90, la privatización de los servicios públicos, y la falta de una normativa protectora, han ido dejando en paulatino desamparo a estas instituciones, que conformaron con el tiempo, y aun lo hacen a pesar de las dificultades, una formidable red de contención social.
Este fuerte tejido comunitario elaborado durante años por esforzados y abnegados voluntarios, que generan el ámbito adecuado donde niños, jóvenes, y aun los adultos, encuentren una sede para desarrollar actividades deportivas, sociales y culturales, asimismo servir de contención a grupos de tercera edad.
Este pequeño análisis nos obliga a pensar que, para que las Instituciones funcionen dignamente y continúen con su tarea de formación de jóvenes, contención de adultos y la unión de la familia, necesitan imperiosamente que el estado no se desligue de su responsabilidad social, dictando normativas a favor de las mismas, por ello desde nuestro espacio proponemos :
- El dictado de una Ordenanza Marco Municipal, protectora de las entidades, que no solo otorgue exenciones en tasas o gravámenes , sino también que establezca la ayuda y fomento a la labor comunitaria que las instituciones cumplen.-
- Obtener una normativa para que los organismos prestatarios o concesionarias de la explotación de servicios públicos en el ámbito de la región (agua, luz y gas), otorguen importantes exenciones o compensaciones a las Entidades Civiles, Culturales y Deportivas, así también la condonación de todas las deudas que tales entidades puedan registrar para con las mismas.-
Además, promover desde el Municipio, conjuntamente con los Legisladores Provinciales de la región, para lograr:
- Sancionar una nueva Ley de Entidades, sustituyendo la actualmente vigente, que fuera dictada en el año 1979, y que no recepciona los principios anteriormente enumerados.-
- Sancionar una Ley Provincial, efectuando un agregado al art. 219 del Cód. de Procedimiento Civil, que establezca la inembargabilidad de los bienes de las entidades civiles, culturales y deportivas, proveniente del desarrollo de las actividades que constituyan su objeto social y sobre aquellos bienes que, formando parte del patrimonio de la entidad, se encuentren afectados de manera directa o indirecta al cumplimiento de sus fines específicos.
- Efectuar la modificación al Código Fiscal, estableciendo que las entidades civiles, culturales y deportivas, se hallan exentas de todo impuesto provincial por las actividades o los bienes directa o indirectamente afectados a las actividades o fines específicos que hagan al cumplimiento de su objeto social.
- La sanción de una nueva Ley de Bibliotecas, modificatoria de la actual 9319, que apunte prioritariamente al aumento de la ayuda a la importante labor que cumplen las bibliotecas populares.-
La implementación de estas propuestas permitirá que las entidades de bien público puedan cumplir mas eficazmente con su objeto social, pero principalmente brindar mayores soluciones a las necesidades de la sociedad, donde lamentablemente hoy el estado se encuentra ausente.
*Juan Carlos Martín - Precandidato a Intendente radical de La Plata
El Municipio debe proteger a las Entidades de Bien Público
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