La Suprema Corte suspendió artículos de la ley electoral y no habrá avales para los candidatos a las primarias

martes, 7 de junio de 2011

La Suprema Corte hizo lugar hoy parcialmente a una medida cautelar presentada por la Coalición Cívica y suspendió diversos artículos de la ley de Reforma Política de la Provincia, en especial los que requieren avales para presentar las candidaturas. (Lea la medida cautelar de la Suprema Corte)

La resolución se aplica sobre la ley 14.086, y es para las listas de candidatos a senadores y diputados provinciales, gobernador y vicegobernador de la Provincia, para su participación en las elecciones primarias convocadas para el próximo 14 de agosto.

La Coalición Cívica, junto al ARI, habían planteado que el plazo establecido para la recolección de avales cercenaba su derecho a presentarse en las elecciones y atacó a la ley por inconstitucional, ya que consideró que exigirle a cada agrupación política que en 41 días logre que más de 21 mil ciudadanos plasmen sus firmes y faciliten sus documentos para fotocopiar son exigencias que "tienden lisa y llanamente a impedirle el regular ejercicio de su derecho constitucional a participar en las elecciones".

El máximo tribunal, al dictar la medida cautelar que suspende los artículos, analizó que "para las candidaturas a Senador y Diputado Provincial no sólo se exige hasta 4000 adhesiones, sino que se impone que éstas deberán reunirse en la mitad de los distritos que integran la sección electoral correspondiente; asimismo, para las candidaturas a Gobernador y Vicegobernador, se requiere 21.216 adhesiones, estableciéndose una recolección proporcional de éstas, en las diversas secciones electorales y aún, por lo menos, en la mitad de los distritos que componen cada una".

Según el fallo, al que tuvo acceso Fojas Uno, "se advierte fácilmente la conculcación del principio de participación –rector en materia electoral- toda vez que los interesados en presentar listas para candidatos a legisladores provinciales y a gobernador y vicegobernador no cuentan -según se desprende del actual cronograma electoral-, con el tiempo razonablemente necesario para reunir las condiciones previstas en la ley".

La Corte consideró que la falta de razonabilidad "es la consecuencia de la reglamentación tardía del artículo 6° de la ley 14.086 (a más de un año de su sanción), que –en las condiciones antedichas- pone en jaque el principio de participación electoral (arts. 59 de la Constitución Provincial; 23, 24 y 25 del Pacto de San José de Costa Rica)".

"A fin de garantizar principios fundamentales del derecho electoral tales como los de participación y representatividad popular, cabe exhortar a los restantes poderes del Estado a regular los procesos electorales con sentido de oportunidad y, en particular, a la Junta Electoral a tener presente lo que aquí se decide", añadió.

Por eso, dispuso fallar "declarando inaplicables los artículos 4 inciso e), 5 incisos a) y b) y 6 de la ley 14.086, en relación a las listas de candidatos a senadores y diputados provinciales, gobernador y vicegobernador de la Provincia, para su participación en las elecciones convocadas para el día 14-VIII-2011".

Plazos. Mientras tanto el cronograma de las internas abiertas y obligatorias continúa con los plazos estipulados. El 15 de junio es el limite para la presentación de las alianzas y el 25 de junio es e limite para la presentación de listas. El primero de julio es el limite para entrar al padrón y el 15 comenzara formalmente la campaña.

El fin de la campaña será el 12 de agosto y se votará el 14 de agosto. Desde el 29 de julio hasta el 14 habrá veda de actos de gobierno o publicidad. Aquellas agrupaciones que obtengan los votos necesarios para las distintas candidaturas se pueden presentar en las elecciones del 23 de octubre.

La campaña electoral comenzará el mismo 14 de agosto y finalizara el 15 de octubre, una semana antes de las elecciones nacionales. En la provincia de Buenos Aires se elije gobernador, senadores y diputados nacionales e legisladores provinciales, además de los 134 intendentes.


Fuente: Fojas Uno y Diagonales

Gráfico: El Día

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