COU: La Corte exigió cambios para su entrada en vigencia

jueves, 14 de julio de 2011

La polémica en torno al Código de Ordenamiento Urbano (COU), que rige las construcciones y la ocupación de los espacios en todo el distrito, escribió ayer un nuevo capítulo cuando la Suprema Corte de Justicia bonaerense dejó sin efecto la medida cautelar que regía desde el 24 de mayo, aunque con condicionamientos. (Diario Diagonales)

De todos modos su vigencia quedó envuelta en las interpretaciones contradictorias que las partes (la Municipalidad y las ONG's) expusieron ayer una vez conocida la resolución. Mientras en la Comuna creen que la ordenanza 10.703 (que creó el nuevo COU) tendrá fuerza de ley apenas su homologación provincial aparezca publicada en el Boletín Oficial, las organizaciones creen que en realidad los condicionantes impuestos por los jueces del máximo tribunal son de tal magnitud que implican su neutralización.

Lo objetivo es que en la parte resolutiva de la resolución se “deja sin efecto” la cautelar para que el gobierno bonaerense pueda publicar en el Boletín Oficial el decreto 466 firmado por el gobernador Daniel Scioli, el cual homologa el COU, para que el mismo “entre en vigor”. Claro que esa publicación también oficializará los cuestionamientos que la Provincia realizó a la norma, y que deberán ser corregidas en un período no mayor a los 120 días. Se entiende que en ese tiempo, esos artículos, algunos de los cuales regulan aspectos clave como la zonificación, seguirán suspendidos.

En es punto vuelven a entrar en juego las visiones opuestas. Mientras el secretario de Gestión Pública municipal, Jorge Campanaro, dijo a Diagonales que “son observaciones que ya conocíamos y resolveremos con decretos en 30 días”; Pedro Sisti, abogado de la fundación Biósfera, uno de las ONG demandantes, consideró que será necesario que algunos de los cambios pasen por el Concejo Deliberante, y que otras observaciones demandarán una revisión absoluta del Código.

Patrimonio: Condicionantes más severos parecen los que aparecen en el resto de los puntos de la resolución. En el segundo, que hace referencia al compromiso municipal de respetar el catálogo de bienes patrimoniales previsto en el decreto 1.576 de 2006, que incluye 1.286 inmuebles, los jueces dispusieron que “todo cambio o intervención deberá ser aprobado por norma o acto emanado de autoridad competente, precedidos de estudios técnicos suficientes, entre los cuales deberá contarse con el dictamen del Consejo Único de Ordenamiento Territorial (CUOT)”. Como este organismo actualmente no existe se otorgó un plazo de 30 días para crearlo. Entonces no parecen quedar dudas de que mientras tanto no podrán afectarse inmuebles con valor patrimonial.

Revisión: El punto 3 es, para las ONG, esencial para considerar las restricciones que impusieron los jueces. Dice textualmente que el Municipio “deberá revisar los preceptos contenidos en la Ordenanza 10.703, excluidos de la aprobación del decreto 466 (el de la homologación provincial)”.

Se supone que mientras tanto los mismos no tendrán vigencia. A la vez agrega que también “deberá adecuar las restantes normas de esa misma ordenanza que han sido objeto de condicionamiento, a fin de superar las observaciones realizadas”.

“Revisar” y “adecuar” son los términos usados por la Corte para en realidad condicionar la vigencia del COU. Y fija para ello el mismo plazo de 120 días. Las complejidades para cumplir con ello vuelven a entrar en el terreno de las especulaciones e interpretaciones según hablen funcionarios o ambientalistas.

Infraestructura: Pero tal vez el condicionamiento más severo dispuesto por la Corte está en el punto 5, en el que se exige en un plazo de 30 días el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 354 del propio COU. Se trata de la presentación al Concejo Deliberante del estudio maquetado de infraestructura con la que cuenta la ciudad para absorber el nivel de construcciones de altura que allí se realicen. Concretamente, el estado y desarrollo de las redes de agua, gas, luz y cloacas existentes en el cuadrado delimitado por las calles 44 y 60, de 1 a 19. Fuentes comunales reconocieron que los plazos son de difícil cumplimiento: 30 días hábiles desde la notificación que sería mañana.

Denuncian más demoliciones: Mientras la Suprema Corte de Justicia definía si levantaba la medida cautelar que hasta ayer pesaba sobre el COU, los vecinos de la Asamblea Defendamos La Plata denunciaron en un comunicado que fueron demolidas otras dos casas antiguas. Sobre esas construcciones, el máximo tribunal resolvió que cualquier intervención sobre ellas deberá contar con el visto bueno del Consejo Único Ordenamiento Territorial, que debe ser creado por la Municipalidad en un mes.

“Hace un par de días, ignorando la medida de la Corte de suspensión de los efectos de la ordenanza 10703, demolieron la casona de 59, entre 10 y 11 y la de 13, entre 47 y 48 (a metros de Tribunales)”, denunciaron los asambleístas.

Según dijeron, fueron demolidas antes de que el máximo tribunal levantara la cautelar.

Pero al levantar la restricción, en el mismo acto la Corte estableció una salvedad respecto de las casas con valor patrimonial, para las que estableció que “todo cambio o intervención en bienes de esa condición”, deberá contar “con el dictamen del Consejo Único de Ordenamiento Territorial, el que deberá ser puesto en funcionamiento dentro del término de treinta días”.

Lo inconstitucional: Más allá de la resolución de ayer, que levanta la medida cautelar, aún está pendiente una decisión de la Suprema Corte respecto a los planteos de inconstitucionalidad del COU.

Textuales: "No todos los cambios que debe hacer la Comuna pueden salir por decreto. Deberán pasar por el Concejo.” Pedro Sisti - Fundación Biósfera

"Los cambios que plantea la Corte ya estaban hablados con Provincia y los cumpliremos en 30 días.” Jorge Campanaro - Secretario de Gestión Pública

"Esto es resultado del diálogo en torno a lo que es construir la ciudad cuando hay intereses contrapuestos.” Alberto Sbarra - Presidente Colegio Arquitectos

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