Se habilitará a Telefónica y a Telecom a instalar 12 antenas

martes, 21 de septiembre de 2010

La semana próxima el Concejo Deliberante aprobará la instalación de doce antenas de las empresas Telecom y Telefónica, que se ubicarán en espacios públicos de 50 metros cuadrados que se explotarán por 10 años y le permitirá a la comuna recaudar más de 6 millones de pesos en un año y medio. De esta forma, la comuna platense recaudaría más de 6 millones de pesos, según informó Diagonales. Sin embargo, en julio de 2010, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de las empresas, y dictaminó que no deben pagar tasas por el uso de espacio público y aéreo, ya que prestan un servicio público.

Cada uno de los convenios especifica que la empresa "deberá abonar un aporte único de 100.000 pesos en concepto de aporte urbanístico, y un monto anual de 36.000 pesos por diez años"; lo que, multiplicado por cada una de las doce antenas, genera un monto de 6.384.000 pesos de recaudación para la comuna.

Esta cantidad de dinero, el ejecutivo lo obtendrá en el plazo de sólo un año y medio, ya que en los contratos consta que las compañías "deberán pagar el alquiler de utilización de los espacios públicos por diez años por adelantado".

El expediente que posee los convenios se discutió en las comisiones de Legislación, Planeamiento y Hacienda con la presencia de quince concejales, aunque sólo firmaron el tratamiento siete ediles del bruerismo, ya que la oposición pidió "más tiempo" para que se estudien pero no fue concedido. Así, pasó para la sesión del miércoles 29.

Desde la oposición, el edil José Ramón Arteaga señaló a Diagonales que el tratamiento de los contratos "hubiera merecido un plazo más prolongado para discutir las cláusulas del convenio" y agregó: "Me parece grave que las empresas prestadoras de este servicio, utilicen el espacio público que pertenece a todos los platenses".

Regulación. Los contratos se enmarcan dentro de las ordenanzas 10414, que regula la instalación de antenas, y la 10670, que autoriza al Ejecutivo a renovar la concesión con la firma Telefónica.

Cabe destacar que la ordenanza 10414 indica "se permitirá la instalación de antenas sobre columnas de iluminación hasta una altura total de 35 metros desde el nivel 0" mientras que "el equipamiento correspondiente a la antena se instalará de forma subterránea".

Respecto del marco regulatorio, José Ramón Arteaga remarcó que la ordenanza 10414, se sancionó hace dos años, donde se especifican las distancias y radiaciones de las antenas, aunque indicó que "en la legislatura bonaerense se está implementado un sistema obligatorio, que como municipio vamos a tener que adherir, de monitoreo continuo de radiaciones y en estos convenios no está implementado".

El edil bruerista Enrique Cappareli, indicó que el tratamiento de los convenios los firmó sólo el oficialismo ya que "la oposición pedía una semana más para después votar en forma negativa, entonces consideramos que si no tenía ningún aporte, no había consenso" y remarcó que "cuando se envían los convenios desde el Ejecutivo, es para que se aprueben o no. Por eso les planteé a los concejales opositores que difinieran cuál iba a ser su postura".

El caso de Olavarría (2)

Que Telecom y Telefónica no paguen uso de espacio aéreo a comunas fue dictaminado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el marco de una causa iniciada por el municipio de Olavarría. Ese canon representa un gran ingreso para municipios que, por ahora, sólo perciben el de las empresas de TV por cable.

El Máximo Tribunal de Justicia del país resolvió que las empresas que brindan el servicio de telefonía tradicional no deben pagar tributos municipales relacionados con la ocupación y uso del suelo y espacio aéreo para las instalaciones y redes de prestación del servicio público de telecomunicaciones.

La causa corresponde a un juicio iniciado por la Municipalidad de Olavarría contra la empresa Telefónica, por considerar necesario el cobro de una tasa por la utilización de espacios públicos y aéreos.

El dictamen establecido considera que los tributos municipales no pueden ir contra lo dispuesto en el artículo 39 de la ley Nacional de Telecomunicaciones (1972) Nº19.798, mediante la que el Estado Nacional eximió a este tipo de empresas del pago de todo gravamen nacional, provincial o municipal, en la medida en que esas instalaciones privadas permiten la prestación de un servicio público.

Los juicios contra las firmas de telecomunicaciones extranjeras han sido varios en todo el país tras la privatización de Entel, cuando se produjo el arribo de Telecom y Telefónica, lo que originó una tendencia por parte de los distritos a exigir a las empresas privadas gravámenes por uso uocupación del espacio aéreo bajo sus jurisdicciones.

El Fallo sienta un importante precedente para los reclamos de otros municipios, especialmente aquellos que de a poco están haciendo efectiva en su distrito la ley que permitecobrar un canon por instalación de antenas y uso del suelo y espacio aéreo.

En Mar Chiquita, el gobierno municipal de Jorge Paredi obtuvo una importante victoria judicial ante una empresa de telefonía celular por un caso similar, según el que la firma debe abonar al municipio unos 33 millones de pesos por no haber pagado ese derecho durante dos años.

Los municipios reciben una importante suma de dinero en concepto de tasas por parte de las empresas de cable.

Fuente 1: Diagonales

Fuente 2: Baradero Hoy


0 comentarios: